Principal ORT Reglamentos técnicos Etiquetado Proyectos reglamento  
 
Notificaciones OMC Criterios Emitidos Consultas frecuentes Sitios de interés  
 
 
Volver a Reg. técnicos
Procedimiento emisión
Reglamentos nacionales
 
 
¿Qué son los reglamentos técnicos?
 

El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, que forma parte de la Ley N° 7475 Ley en la que se Aprueba el Acta Final en que se Incorporan los Resultados de la Ronda de Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, publicada en el Alcance N° 40 a La Gaceta N° 245 del 26 de diciembre de 1994, define como Reglamento Técnico:

“Documento en el que se establecen las características de un producto o los procesos y métodos de producción con ellas relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables, y cuya observancia es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas.”

De acuerdo con lo anterior, el reglamento técnico establece:

  • Las características de un producto.
  • Los procesos o métodos de producción.
  • Prescripciones en materia de terminología, aplicables a un producto, proceso o método de producción..
  • Prescripciones en materia de símbolos, aplicables a un producto, proceso o método de producción..
  • Prescripciones en materia de embalaje, aplicables a un producto, proceso o método de producción..
  • Prescripciones en materia de marcado, aplicables a un producto, proceso o método de producción.
  • Prescripciones en materia de etiquetado, aplicables a un producto, proceso o método de producción.
  • Su observancia y cumplimiento es obligatorio.

En Costa Rica, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 8279 del Sistema Nacional para la Calidad, es el Órgano de Reglamentación Técnica, tiene como función contribuir a la elaboración de los reglamentos técnicos, mediante el asesoramiento técnico en el procedimiento de emitirlos, así como recomendar la adopción, actualización y derogación de los reglamentos técnicos emitidos por el Poder Ejecutivo. Su observancia es obligatoria.

La característica principal de los reglamentos técnicos, es que su observancia es obligatoria, a diferencia de las normas técnicas, cuyo cumplimiento es voluntario.

El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio define norma técnica como:

“Documento aprobado por una institución reconocida, que prevé, para un uso común y repetido, reglas, directrices o características para los productos o los procesos y métodos de producción conexos, y cuya observancia no es obligatoria. También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas.”

En Costa Rica el Ente Nacional de Normalización es el Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO), reconocido en el Transitorio III de la Ley N° 8279, antes citada, que tiene como objetivo encauzar y dirigir la elaboración de normas convenientes para el desarrollo socioeconómico nacional.